Si ha obtenido su separación o divorcio en un tribunal de otro país diferente a España, y en el caso de que alguno de los dos cónyuges tenga nacionalidad española, debe inscribir la sentencia en España para que dicha sentencia tenga efectos tambien aquí, así como el hecho de comunicar a las autoridades españolas el cambio de su estado civil.
Para ello es necesario que su matrimonio conste también registrado en España, bien porque fuera celebrado dentro del territorio nacional o bien porque fuera celebrado también en otro país y lo registrara en el consulado de España correspondiente. En este segundo caso, si habiendose casado en otro país no lo hubiera registrado, es necesario que lo registre en el Consulado de dicho país o bien, si esta empadronado en España alguno de los dos conyuges nosotros podemos registrarlo en el Registro Civil Central de matrimonios ocurridos fuera de Espana, le facilitamos información de dicho trámite: Registro de Matrimonio. Podriamos registrar al mismo tiempo el matrimonio y el divorcio si lo necesitara.
Dependiendo de en que registro civil esté registrado su matrimonio en España y de que pais es su sentencia de divorcio el trámite para la inscripción de la sentencia de divorcio será uno u otro:
1)- Su matrimonio consta inscrito en el Registro Civil Central de Madrid por matrimonio realizado en el extranjero e inscrito en un consulado de España. En este caso nuestra tarifa por la inscripción es de 240 €, incluido el IVA, el tiempo que tarda la inscripción es de unos pocos meses.
2)- Su matrimonio consta inscrito en cualquier otro registro civil español y su sentencia de divorcio es posterior al año 2001 y de un país de la Unión Europea. Nuestra tarifa por la inscripción es también de 240 €, incluido el IVA, el tiempo de inscripción será también de unos pocos meses.
3)- Puede ser que en su caso su matrimonio consta inscrito en cualquier otro registro civil español diferente al Central, pero su sentencia de divorcio es de cualquier otro país fuera de la Union Europea. En este caso hay que realizar un trámite judicial de Exequatur siendo nuestra tarifa de 590 €, incluido el IVA, el tiempo de inscripción se prolongará durante más meses que los casos anteriores, una información mas detallada de este trámite se encuentra en su apartado correspondiente: Exequatur. No obstante, en este caso, tiene también la opción de divorciarse
de mutuo acuerdo tambien
en España
siendo un trámite bastante más rápido
y económico que el Exequatur, incluso si
uno de los cónyuges reside
fuera de España se puede hacer sin su desplazamiento.
Para poder realizar el registro del divorcio si su caso es el del apartado 1) o 2), es decir su matrimonio se encuentra registrado en el Registro Civil Central o su sentencia es de un pais de la Union Europea posterior al año 2001, será necesaria la sentencia de divorcio extranjera legalizada con la apostilla de La Haya y traducida por traductor jurado si no está en castellano.
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